Si tienes un pequeño negocio y necesitas emitir facturas, o simplemente trabajas en relación de dependencia y en tu trabajo te están solicitando las mismas, te informamos que la manera de acreditar la imprenta ha cambiado. Antes se hacía mediante el formulario SAT 0162, en cambio a partir del 18 de septiembre del presente año se realizará sólamente visitando la imprenta más cercana y ésta realizará la acreditación de forma automática al emitir la resolución, evitando trámites engorrosos en las agencias y agilizando la impresión de los documentos.
Los mayores cambios fueron para las entidades autorizadas para imprimir documentos, entiéndanse Imprentas y Contribuyentes autorizados para auto-imprimir sus facturas como máquinas registradoras.
¿Qué Gestiones estarán disponibles en Agencia Virtual Para las Imprentas y Auto-impresores?
- Imprentas y Servicios de Impresión
- Autorización de documentos (formulario 157)
- Anulación de resolución para imprentas y autoimpresores (formulario 501)
- Informe de Servicios de Impresión (formulario 541)
- Consulta de resoluciones generadas (reimpresión)
- Autoimpresores
- Autorización de documentos (formulario 157)
- Anulación de resolución para imprentas y autoimpresores (formulario 501)
Adicionalmente, con el ánimo de simplificar y modernizar las distintas gestiones que realiza este segmento de contribuyentes y de unificar todos los componentes que se ven de alguna manera relacionados con las gestiones que realizan, se realizó el desarrollo de los formularios siguientes:
- Activación e inactivación de imprentas (formulario 551)
- Aviso de anulación de documentos por el contribuyente (formulario 511)
- Autorización de máquinas registradoras (mecanizadas y computarizadas) (formulario 521)
- Cancelación de máquinas registradoras (mecanizadas, computarizadas, sistemas computarizados) (formulario 531)
Los requisitos que deberá cumplir el contribuyente interesado en imprimir nuevas facturas son:
- No tener declaraciones omitidas
- No tener marca de dirección inválida
IMPORTANTE: También se adjunta a la hoja de autorización de facturas y otros documentos, generado por el formulario SAT-0157 que emite la Imprenta, un espacio de Declaración del Contribuyente, el cual debe firmar al momento de hacer la solicitud de documentos, y en el caso de que sea la segunda solicitud, se podrá firmar el documento cuando se entreguen las facturas impresas.
Se presume que el nuevo espacio de firma de declaración del contribuyente se hizo como medida de control por parte de SAT de verificar que en verdad haya sido el contribuyente quien haya autorizado dichos documentos y no haya sido la imprenta quien imprimió los documentos sin autorización.
Para más información puedas ingresar a la página de la SAT.
Si estás interesado en Adquirir Facturas con nosotros puedes hacer la solicitud mediante la siguiente página: GRÁFFICA ; Tambié te realizamos las gestiones de habilitación de agencia virtual y acreditación de imprenta.